Muchas veces hablamos con los clientes sobre la importancia de tener firmado un testamento, un trámite muy sencillo y que apenas cuesta unos 50 € en la Notaría, y las respuestas que solemos obtener son muy parecidas: “Pero si yo no tengo nada” “Pero si solo tenemos un piso y encima es del banco!” “Pero si solo tengo un hijo y sabe que todo es para él”…él seguro que lo sabe, pero la burocracia aún no se ha enterado!!
Cuando una persona muere sin haber otorgado testamento, se abre la conocida como SUCESIÓN INTESTADA, y heredan las personas llamadas por el Código Civil (o las legislaciones forales pertinentes) para suceder al fallecido: sus descendientes, sus ascendientes, el cónyuge viudo, sus hermanos, etc…
Por lo tanto será necesario, y entiéndase necesario como obligatorio, establecer con precisión quiénes son esas personas; quién es el cónyuge, si están separados; quienes son los hijos y si están vivos o fallecidos, si hay nietos que deban heredar, quienes son los padres … por lo que debemos realizar ante notario un ACTA DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS ABINTESTATO.
Este documento se inicia con una manifestación de todas las circunstancias personales del fallecido y aquellos que deban ser llamados a la herencia, para lo que será necesario, al margen de toda la documentación pertinente, que nos acompañen DOS TESTIGOS que declaren la veracidad de todo lo que se narra: por ejemplo; que no existen más hijos, que los cónyuges no estaban divorciados… Realizado esto hemos de dejar transcurrir un plazo de 20 día hábiles por si aparecieran nuevos herederos legales. Pasado ese plazo el Notario redactará un Acta de Notoriedad en la que queden definitivamente identificados los herederos, con la que ya podremos iniciar los trámites de aceptación y partición de la herencia.
Como veis la tramitación es muchísimo más engorrosa si no contamos con un testamento, los plazos de amplían pero sobre todo crecen enormemente los gastos, ya que frente a los 50/60 € que puede costar un testamento, la declaración de herederos puede rondar fácilmente los 300 €.
No os olvidéis que los testamentos son documentos muy sencillos, en los que basta que dejéis identificados a vuestros herederos y los declaréis herederos con carácter universal, es decir (a no ser que queráis dejar específicamente algo a alguien) no es necesario ni hacer un listado de los bienes que existen, por lo que una vez hecho vale para toda la vida.
Lo decimos muchas veces y esta es una de ellas, un buen asesoramiento previo evita muchos problemas y gastos, en este caso será un sencillo testamento el que se lo evite a tus herederos. Como sabéis en MOGOABOGADOS nos encargamos de la tramitación completa de las herencias, sea testada o intestada, pero si con este post os hemos convencido, no dudéis en contactar con nosotros para explicaros cómo debéis hacer vuestro testamento e incluso acompañaros a la notaría.